Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ADDIAS MONCADA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.981.870, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 357 del Código Penal, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente. SEGUNDO: Se le condena igualmente al acusado a cumplir con las penas accesorias previstas en Artículo 16 ordinal 1º del Código Penal, a saber la de inhabilitación política, así mismo se le exonera al pago de las costas procesales conforme al artículo 26 de la Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el 254 del Código Orgánico Procesal Pena.....