DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en función Primero de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescentes Circuito Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: PRIMERO: Se ACUERDA: DECLARAR EN REBELDIA, al adolescente: XXXXXX; a quien se le sigue la causa, Nº 1JA-1287-2020, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 ejusdem. Todo ello, por cuanto el mencionado ciudadano ha demostrado la evasión al proceso por su incomparecencia sin justificación alguna, a la Apertura del Juicio Oral y Privado, incoado en su contra. SEGUNDO: SE ORDENA LA UBICACIÓN, del adolescente: XXXXXX, suficientemente identificados en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. TERCERO: Líbrese ORDEN DE UBICACIÓN, y los .....