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Decisiones del dia 11/06/2008

Formato:  Ficha  Lista

Municipios Sucre Y Jose Angel Lamas
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 08-3900 N° Sentencia : Fecha: 11/06/2008
Procedimiento:
Resoluciòn Contrato Arrendamiento
Partes:
OSWALDO ENRIQUE HERNANDEZ SANTOS VS FIDEL ANTONIO HERNANDEZ SALCEDO
Resumen:
III Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento intentada por el Ciudadano: OSWALDO ENRIQUE HERNANDEZ SANTOS, titular de la cedula de identidad No: v-13.502.242, contra FIDEL ANTONIO HERNANDEZ SALCEDO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 6.960.781. SEGUNDO: Se decreta la Resolución del Contrato de arrendamiento celebrado por ante la Notaria Publica de Cagua Estado Aragua, en fecha 07 de noviembre de 2007, la cual quedo anotada bajo el No.:36, Tomo 290 de los libros de Autenticaciones llevados por ante la referida notaria, sobre el apartamento objeto de contrato en cual se encuentra ubicado en la ciudad de Cagua Municipio Sucre el Estado Aragua, calle Bolívar, No.:45-06, de.....
Juez/Ponente:
Maira Ziems Cortez
Organo:
Municipios Sucre Y Jose Angel Lamas
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N° Expediente : 3885-08 N° Sentencia : Fecha: 11/06/2008
Procedimiento:
Desalojo Arrendaticio
Partes:
NIEVES ROSA DÍAZ YEPEZ VS OSCAR EDUARDO QUIJADA RODRIGUEZ
Resumen:
Señalada y transcrita parte de la Jurisprudencia Patria considera esta Juzgadora que la parte actora no realizo acto procesal alguno para impulsar el procedimiento, dentro del lapso establecido por el legislador en el articulo anteriormente trascrito. En el presente procedimiento el actor incumplió con lo previsto en el articulo 267 ordinal 1ero., ya que no se insto la citación de la parte demandada en un lapso que supera con creces el termino determinado por el legislador como suficiente para que opere la denominada perención breve, específicamente desde el día 15-04-2.008, fecha en la cual se admitió la demanda hasta el día 04-06-2.008, fecha en la cual el alguacil diligenció consignando la respectiva Boleta de citación por cuanto no le fue suministrado los emolumentos necesarios para la practica de la misma; es decir, transcurrieron mas de treinta días continuos, sin impulso procesal alguno de la parte demandante tendiente a lograr la citación personal de la parte demandada, en.....
Juez/Ponente:
Maira Ziems Cortez
Organo:
Municipios Sucre Y Jose Angel Lamas
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