DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden este Tribunal Sexto de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad acordada en audiencia de fecha 24-02-2008 al ciudadano imputado YEAN CARLOS VARGAS LINAREZ Titular de la cedula de identidad Nº V-17.860.322 por la Medida Cautelar Judicial Sustitutiva de Libertad de Presentación cada ocho (08) días por ante la URDD de este Circuito Judicial Penal todo de conformidad con el articulo 256 Ord. 3º ejusdem por el delito de Distribución Ilícita de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas y Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en los artículos 31 tercer aparte de la Ley Contra el trafico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y articulo 277 del Código Penal. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del mencionado Código. Por último, se acuerda no.....