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Decisiones del dia 11/06/2010

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : QF-10.266 N° Sentencia : Fecha: 11/06/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
LUDYS ESTHER NUÑEZ CORRALES, CONTRA EL MUNICIPIO SAN GERONIMO DE GUAYABAL.
Resumen:
En el caso de autos, puede perfectamente evidenciarse que la recurrente laboró para la Alcaldía hasta el 12 de diciembre de 2008, fecha en la cual fue despedida, e interpuso su Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en fecha 10 de diciembre de 2009, tal y como antes se indico, por tanto, el lapso de tres (3) meses a que se contrae la norma referida, había transcurrido con creses, en consecuencia se declara Inadmisible el presente recurso, de conformidad con el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Y así se decide.
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : 10.161 N° Sentencia : Fecha: 11/06/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
WILLIAMS JOSÉ BRITO, CONTRA MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO.
Resumen:
Ahora bien de la revisión efectuada a las presentes actuaciones específicamente de la expresión de la Querellante en su Libelo de la Demanda (Recurso), se evidencia que la Ciudadana Querellante no es funcionaria Pública, por cuanto es notorio la condición de contratada, por lo que no puede inferirse esta presunción de relación funcionarial, ya que la Querellante ingresó al Cargo de Secretaria I, adscrita al Despacho del Alcalde, desde el 07 de Agosto de 2008 hasta el 31 de Diciembre de 2008, por vía de contrato, lo que hace que la relación con el ente administrativo sea de índole laboral y su normativa aplicada por ende es la Ley Orgánica del Trabajo, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 38 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, los trabajadores contratados no son considerados Funcionarios Públicos, ya que el régimen aplicable será el previsto en el contrato y por ende lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, en consecuencia, y por los argumentos supra ind.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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