DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
ÚNICO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ABG. ROSENDO ANTONIO GUTIERREZ G., inscrito en el I. P. S. A. bajo el Nº 177.945, en su condición de defensor de los ciudadanos JEISON MIGUEL GARCIA GONZÁLEZ, LEANDRO LOBO LEAL y OMAR ANTONIO LIENDRO, en contra de la decisión de fecha primero (01) de mayo del año 2014, dictada por el Juzgado Noveno (09º) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad sobre los referidos ciudadanos; con respecto al ciudadano JEISON MIGUEL GARCÍA GONZÁLEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOB.....