DECISIÓN
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el 04 de Julio 2016, , y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos : BAVENDRA NARINE y YUSMAR CRISTINA MONTERO CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.053.107 y V-15.309.539, respectivamente, en virtud del matrimonio civil celebrado el 03 de Octubre de 2014, ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Mario Briceño Iragorry, Estado Aragua.
Particípese lo.....