Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara la ciudadana: CARMEN EMILIA DEPABLOS GONZALEZ, en contra de ATENCIÓN PICOPEDAGÓGICA CON REHABILITACIÓN Y ESTIMULACIÓN PARA NIÑOS DISCAPACITADOS O CON DIFICULTADES DE APRENDIZAJE (A.P.R.E.N.D.A.) plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la Empresa a pagar la cantidad de CINCO MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS QUINCE MIL BOLIVARES CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (Bs.5.607.215,21)
1.- En cuanto a la Antigüedad, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Indemnización por despido, de la manera señalada precedentemente, en la cual se indican las cantidades correspondientes al actor.
2. Los i.....