En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada por las partes.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay, a los 11 días del mes de Agosto de dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Juez Temporal,
Abog. Bárbara Angulo Moreno.
La Secretaria,
Abog. Kristel Vásquez Fossi.
En la misma fecha, se publicó y se registró la anterior decisión.
La Secretaria.,
BAM/KVF/fidel
Exp. N° 11.039