DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de las Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, haciendo uso de las facultades establecidas en los artículos 152 y 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio DECRETA:
PRIMERO: LA EXTENSIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA A LOS ANIMALES (EQUINOS) ubicados en el predio denominado Agropecuaria Quebrada Seca C.A. (Haras Quebrada Seca, ubicado en el sector Quebrada Seca de Urbina, Parroquia, Capital Revenga, Municipio José Rafael Revenga, estado Aragua, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Carretera Nacional; SUR: Hacienda Barrios; ESTE: Hacie.....