Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite a trámite el escrito de apelación interpuesto por el ciudadano Andrés Navarro, Fiscal Auxiliar Centésimo Décimo Cuarto (114º) del Ministerio Publico, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 3 de esta misma Sección, en fecha 15 de julio de 2015. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el Escrito de Contestación presentado por el ciudadano Gustavo José Prada Zerpa, en su condición de Defensor Privado del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). TERCERO: La procedencia será resuelta dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este auto, tal como lo establece el primer aparte del artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.