Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 11 de Julio de 2011, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio, con sede en Maracay. Queda así confirmada la anterior decisión, que declaró Con lugar la defensa de prescripción opuesta por la accionada y Sin lugar la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano Antonio Sulpicio Sáez Torrealba contra el Ciudadano Dámaso González Dorta; identificados en autos. No se condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítanse las presentes actuaciones al Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del .....