En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA CESACION DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, al joven IDENTIDAD OMITIDA por la comisión de los delitos de POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para Desarme y Control de Armas y Municiones, en relación al artículo 5 numeral 5 en perjuicio EL ESTADO VENEZOLANO, POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO NO INDUSTRIALZIADA, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para Desarme y Control de Armas y Municiones en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA previsto y sancionado en el articulo 458 del código Penal en concordancia con el articulo.....