En virtud de los criterios jurisprudenciales antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara: PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos RAYMUNDO JOSE GUERRERO y ELOINA VELASCO PEÑALOZA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.730.701 y V-9.691.423 respectivamente. SEGUNDO: Declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 16 de Agosto de 2022, por ante el Registro Civil de la Parroquia Francisco de Miranda del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, según consta en acta Nº 060, Folio 060 Tomo I, del año 2022.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, sellad.....