Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre de los ciudadanos: MERY JANETH PEREIRA DA CAMARA y DANIEL DRUMOND FIGUEIRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-17.529.444 y V-17.059.815, respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en de fecha 16 de marzo de 2012, por ante el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 058, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2012.