En base a las consideraciones antes expuestas este Tribunal Tercero de Violencia de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en delitos de violencia Contra La Mujer, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud incoada por el ciudadano VICTOR JULIO MELENDEZ, actuando en su carácter de Fiscal Centésimo Trigésimo Segundo del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en violencia Contra La Mujer y se DESESTIMA LA DENUNCIA interpuesta por la ciudadana YUNEISI INDIRA UGAS SOLORZANO, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal.