Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 16 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Tercero de Primera de Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión, en los términos expuestos en la motiva. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.