Por todas las razones de hecho y de derecho procedentemente expuestas, este Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declararse; competente para sustanciar y decidir el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana MAYLU COROMOTO PEREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nro. V-12.340.122, a través de su apoderado judicial abogado LUCINDO ALEJABDRO PÉREZ CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 101.507, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS).
Segundo: Admitir: el referido escrito de reforma a la demanda en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, sin entrar a conocer las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdi.....