Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA, impuesta al penado, quien en vida respondiera al nombre de BARRIOS GARCIA ANGEL JOSE, titular de la cédula de identidad N° V-15.472.336, quien tenía 25 años de edad, soltero, con domicilio: Barrio San Vicente, Tercera calle, casa N° 29, Maracay, Aragua, de conformidad con el artículo 103 del Código Penal. Acuerda remitir el presente expediente al Archivo Regional del Estado Aragua, a los fines de su archivo definitivo.