PRIMERO: Declara con lugar la pretensión formulada por el Abg. JOSE JOAQUIN CAICEDO TELLEZ, apoderado judicial de JUAN CARLOS JAIMES MACHADO, relativa a que se admitan las pruebas documentales referidas a copia certificada del expediente signado con el Nº 983-06, así como la cita para realizar el examen médico forense al niño JUAN ANDRES JAIMES DE LA ROSA.
SEGUNDO: Revoca el pronunciamiento impugnado.
TERCERO: El presente fallo deberá ser entendido como parte integrante del auto de apertura a juicio dictado el 22-6-2009.
CUARTO: Declara sin lugar la pretensión de los Abgs. MIGUEL BRAVO VALVERDE y RAMON OSCAR CARMONA JORGE, en su carácter de Defensores de LEONARDO MARTINEZ ACEVEDO, relativa a que se declarara en la presente causa, nulidades de conformidad con los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal.
QUINTO: Confirma el pronunciamiento impugnado.