DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación expuesta anteriormente esta SALA CINCO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana GLADYMAR PRADERES C. Defensora Pública Cuadragésima Octava Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensora del ciudadano EMILIO RODRIGUEZ MANTILLA, en contra de la decisión dictada en fecha 25/11/2009, por el Juzgado Trigésimo de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Dra. LUCIA PATRICIA SUAREZ CUEVA, mediante la cual negó el cese de la medida solicitada por la defensa en la oportunidad procesal en la causa seguida al precitado imputado bajo el expediente número 30J-499-08 nomenclatura signada por el Tribunal A-quo.