En consecuencia, atendiendo al razonamiento expuesto, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara, INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la demanda de DESALOJO presentada por los ciudadanos, ORLANDO JOSÉ MARTÍNEZ MOTA, MARCO ANTONIO MARTÍNEZ MOTA y PEDRO VICENTE MARTÍNEZ MOTA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.652.277, 17.652.278 y 23.196.360, respectivamente, en contra de la ciudadana, CORINA CARRERO, domiciliada en la ciudad de Guatire Municipio Zamora del Estado Miranda, y declina su competencia al JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO MIRANDA, con sede en la ciudad de Guatire, a quien se ordena remitir mediante oficio, ASÍ SE DECIDE.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripció.....