Con fuerza en la motivación anterior esta SALA N° 4 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 11/02/2014, por el profesional del derecho DUQUE GUERRERO JUAN, actuando en su carácter de Defensor Público Vigésimo Octavo (28º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en representación del ciudadano PETER JOSÉ GONZÁLEZ, conforme a lo establecido en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 5 de febrero de 2014, por el Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó en contra del mencionado ciudadano, la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo estableci.....