SE CONDENA al ciudadano: YORVIS TIMAURE, VENEZOLANO, DE 36 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-16.643.990, ESTADO CIVIL: SOLTERO, OCUPACION: OBRERO, NACIMIENTO EL DÍA 14.11.1984, LUGAR DE RESIDENCIA: SECTOR CENTRO, CALLE URDANETA, CASA Nº 08, SAN FRANCISCO, MUNICIPIO ZAMORA, PARROQUIA VILLA DE CURA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de TREINTA (30) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACION EN ACCION CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 260 con aplicación de la pena prevista en el artículo 259 en su primer párrafo de la Ley Orgánica para la Protección de niños, Niñas y Adolescentes y en concordancia con el artículo 99 del Código Penal. Y por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con aplicación del agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, Niñas y Adolescentes.....