Vista la solicitud formulada por la ciudadana ROSA EVELIA SAMUEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NªV-7.192.072, debidamente asistida en este acto por el ciudadano BERIOCA PADRON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-17.472.147 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº201.371, en la que solicita le sea decretado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno perteneciente al I.N.T.U, signada con CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO 05-11-04-U08-150-005-001-000-000-000, dicha bienhechuría está ubicada en la Parroquia Samán de Güere, Asentamiento Campesino Morita I, Sector Villa Victoria, Calle Libertad, Cruce con Transversal, Parcela Nº49, Municipio Santiago Mariño, la cual tiene una superficie de terreno de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (98,00Mts2) y metros de construcción de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (98,00Mts2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Calle Libertad, SUR: .....