DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de Mutuo Consentimiento formulado por los ciudadanos, FATIMA GRILEIDI GALINDO POMBO y JOSE FRANCISCO DE ABREU TRUJILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.253.118 y V-14.943.129, respectivamente, con números telefónicos: 0424-530.14.54 / +58 4129382582, ambos asistidos en este acto por la abogada en ejercicio MARIA DEL CARMEN ALVAREZ DE GAMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 304.396, con número telefónico: 0414/448.11.08; todo de conformidad con el criterio jurisprudencial establecido por la Sala Constitucional del T.....