Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por por el ciudadano JESÚS ENRIQUE CARRILLO ROJAS y condena a las demandadas GRUPO DE EMPRESAS Y UNIDAD ECONÓMICA DENOMINADO "GRINACA, C.A", constituida por las empresas GRIFERIAS NACIONALES, C.A. GRINACA, C.A. e INDUSTRIAS IMAP, C.A. a pagar la cantidad de dos millones ciento trece mil ochocientos cuarenta bolívares (Bs. 2.113.840,00) por concepto de días de vacaciones no disfrutados efectivamente; diferencia de salario; indemnización por perdida del disfrute del paro forzoso. No se condena a la demandada al pago de las costas, por no haber resultado totalmente vencida. Se le advierte a la parte demandada que de no cance.....