Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se DECRETA Medida Cautelar Innominada solicitada por los abogados CARLOS LANDAETA CIPRIANY, FRANCISCO GADEA LOVERA Y GABRIEL ANTONIO MORALES SANCHEZ, apoderados judiciales de los ciudadanos YELITZA DEL VALLE ACOSTA DE LA ROSA, WENDY PÉREZ BERMÚDEZ, LENNINS PÉREZ BERMÚDES Y ELISAY BERMÚDEZ, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaración se suspenden los efectos del acto de ENTREGA MATERIAL, de fecha 15 de Marzo de 2016, practicado por el JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, expediente Nº AP31-C-2016-000629, por ello se ordena oficiar a dicho órgano jurisdiccional participándole del presente decreto.-
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