-III-
DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA - SEDE LA VICTORIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad interpuesta el ciudadano GUSTAVO ADOLFO PEÑA, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.660.414, asistido por el abogado LEUDYS GERMAN UTRERA OLIVERO, inscrito en el Inpreabogado Nro. 151.830, contra la Providencia Administrativa Nº 00528-17, de facha seis (06) de diciembre de 2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del estado Aragua, expediente Nº 009-2017-01-01856 (nomenclatura del órgano administrativo), de conformidad con el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
PUBLÍQUESE, REGÍST.....