Por los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 31 de octubre del 2017 por la ciudadana GLADYS MARINA CHACÓN DE CRISTANCHO, actuando como parte actora en la presente causa, asistida por el abogado Juan Carlos Hernández Quintero, contra el auto proferido en fecha 25 de octubre de 2017 por el Tribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por desalojo intentara la ciudadana GLADYS MARINA CHACÓN DE CRISTANCHO contra el ciudadano OSCAR IVÁN ANTELIZ. SEGUNDO: SE DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO, conforme a lo previsto en el artículo 115 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, por cuanto la parte actora no demostró fehacientemente el caso fortuito o fuerza may.....