D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas
procesales que rielan en el presente expediente, Administrando
Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos NELIO FRANCISCO VIEIRA VIEIRA y YUSELYN ELIZABETH RODRIGUES DE VIEIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-20.336.001 y V-25.430.196, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintidós (22) de febrero del año dos mil catorce (2014), por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el Nº 24, tomo I, folio 24, del año.....