En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de DESALOJO intentada por la ciudadana, PETRA EVELIA BOLÍVAR de LUNA, en contra del ciudadano, VICTOR ALEXIS TAMAYO ONOFRE, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Los Cortijos de Lourdes, a los doce (12) días del mes de mayo de dos mil ocho (2008). 198 Años de la Independencia y 149 Años de la Federación.-
LA JUEZ,
Abg. FLOR DE MARIA BRICEÑO BAYONA
LA SECRETARIA,
ABG. ROTCECH LAIRET
En la misma fech.....