-IV-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estados Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: COMPETENTE para conocer del Amparo Constitucional incoado por Simón David Bastardo Parra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.225.928, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 54.627, actuando en su propio nombre y representación, en contra de las presuntas violaciones constitucionales efectuadas por la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua. SEGUNDO: INADMISIBLE el Amparo Constitucional incoado por Simón David Bastardo Parra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.225.928, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo .....