Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulado por la ciudadana ORIANA CAROLINA ZAMBRANO SEGOVIA, identificada con la cedula de identidad N° V-25.651.505, contra el ciudadano LUIS VICENTE ARNAU SALES, identificado con el pasaporte Nro. PAE140942, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día catorce (14) de septiembre del año 2018, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 502, Folio 2, Tomo C, Año 2018, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016, de la Sala Constituciona.....