Por recibida por ante el tribunal en funciones de distribuidor en fecha 2 de mayo de 2025, y vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos, constante de un (1) folio útil juntos con sus anexos, presentada por la ciudadana GREGORIA JOSEFA BELLO ANTUNEZ, identificada con la cédula de identidad N° V-9.396.882, asistida por la abogada AIDA FABIOLA CALDERON, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 191.575, y las declaraciones rendidas por los ciudadanos GREYS ALBERTO RIVERA MORON y CARLOS ALBERTO VERGARA GONZALEZ, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-9.646.506 y V-5.263.648 respectivamente, este tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurarle a su peticionaria ciudadana GREGORIA JOSEFA BELLO ANTUNEZ, antes identificada, y a los ciudadanos HELINWY IVAN GIL SOLORZANO, ANTHONY ENYERBETH GIL BELLO, TO.....