Por las razones anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131 y 187 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO intentada por el ciudadano OSCAR JOSE MORGADO SOLORZANO, V-11.089.054, condenándose a la parte demandada Sociedad Mercantil, MINERA LOMA DE NIQUEL, C.A,. al REENGANCHE del trabajador a sus labores habituales, en las mismas condiciones anteriores a su despido injustificado y como consecuencia se ordena el pago de los SALARIOS CAIDOS causados desde la fecha de la notificación de la solicitud de calificación de despido, hasta la efectiva reincorporación del trabajador a sus labores habituales o la oportunidad en que el empleador persista en el despido, con .....