Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda en razón de que se verificó de las actas procesales, en el este Asunto Penal, que la ciudadana MARIA MAGDALENA RAMOS DE RENDON, titular de la cédula de identidad Nº.- 3. 956.390, ocupó el inmueble ubicado en la URBANIZACION VISTA HERMOSA, VIA LA PICA, MATURIN ESTADO MONAGAS, donde reside la ciudadana víctima ciudadana GAITANA MICELI TORRES, titular de la cédula de identidad Nº.- V 11.777111, y fue sacada con agresiones físicas y amenazada con una navaja por el ciudadano investigado GEOVANNI DEL JESUS RENDON , tal como consta en los hechos que han dado lugar al presente Asunto Penal, a sabiendas que en ese inmueble sería reintegrada la ciudadana GAITANA MICELI TORRES, por orden de este Juzgado en consecuencia de las Medidas de Protección y seguridad que fueron decretas en fecha 17 de junio 2011, entendiendo esta Juzgadora que la ciudadana MARIA MAGDALEN.....