V. DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos NERIO ENRRIQUE TORREALBA OLIVAR y SANDRA CAROLINA CALZADILLA OSORIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-9.178.142 y V-9.648.155, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído matrimonio en fecha 15 de Marzo del año 2013, Registro Civil de la Parroquia San Francisco de asís, Municipio Zamora del estado Aragua, tal como consta en copia certificada del a.....