El acta de reconocimiento que se pretende corregir fue realizada ante la Notaría Pública Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital, y siendo que la capacidad de este Órgano jurisdiccional para Rectificar actas se refiere a Registros Civiles, este juzgador declara INADMISIBLE la solicitud planteada por la ciudadana SELENNE MERLIENY FARINA DE HENRIQUEZ. Por la índole del fallo no hay condenatoria en costas.