Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano CARLOS ENRIQUE HERNANDEZ RUIZ, titular de la cedula de identidad N° V-16.443.959, Venezolano, de estado civil Soltero, de 37 años de edad, natural de MARACAY, ESTADO ARAGUA, profesión u oficio: Obrero, residenciado en: BARRIO CAMBUTIRO, CALLE SAN FRANCISCO, CASA NUMERO 34, SANTA RITA MARACAY (TOCUYITO), a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal Vigente, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente. SE.....