VI.
Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar la demandada por cobro de diferencias de prestaciones sociales incoada por el ciudadano Argenis Segundo González Figueroa contra Proyecto Moviobras, C.A., partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que se le ordena a la demandada a cancelar los siguientes conceptos vacaciones, bono vacacional y utilidades vencidas y fraccionadas, antigüedad y sus respectivos intereses, beneficio de alimentación, intereses de mora e indexación, de la forma establecida en la parte motiva de la presente decisión, a los fines de su cuantificación se ordena la practica de una experticia complementaria del fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesa.....