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Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoara la Sociedad Civil MICROFIN A.C.-ENTE DE EJECUCIÓN contra el ciudadano LUIS CARLOS RUBIO PEREZ, DECLARA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 585, en concordancia con el ordinal 2° del artículo 588, y ordinal 5° del artículo 599, todos del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 22 Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio, se decreta MEDIDA DE SECUESTRO, sobre los siguientes vehículos:
"1.-MARCA: MITSUBISHI; MODELO: FV517; PLACAS: A68AC5D; AÑO: 2008; SERIAL CARROCERIA: JLBFV517H8KU00488; SERIAL MOTOR: 6D24413180; SERIAL CHASSIS: JLBFV517H8KU00488; SERIAL N.I.V.: JLBFV517H8KU00488; CLASE: CAMIÓN; TI.....