Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO.- IMPROCEDENTE la solicitud de interdicción efectuada por los ciudadanos; CLARA LUISA GÓMEZ-VELUTINI, ONDINA MARÍA GÓMEZ-VELUTINI y JOSÉ MIGUEL GÓMEZ-VELUTINI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 3.187.181, 3.181.276 y 4.082.988; respectivamente, a favor de la ciudadana; ONDINA COLMENARES OROPEZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil divorciada, titular de la cédula de identidad Nº 63.187. SEGUNDO: Se revoca la sentencia dictada el 14 de julio del 2011 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO.- Se deja .....