Mediante decisión se declaró La EXTINCION DE LA ACCION PENAL que opera ajena a la prescripción como corolario se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los acusados ciudadanos CHRISTIAN WLADIMIR CADENA LEAL, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.653.903, KERVOS JOSE ROJAS titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.490.107 y MIGUEL CADENA LEAL titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.587.023, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales Leves en grado de coautora, previsto y sancionado en el artículo 416 en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Jean Carlos Rojas Rodríguez, Yurbin Yorgenis Figueroa Y Jhonny José Coraspe García; todo de conformidad con el artículo 110 del Código Penal, en concordancia con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Hágase lo conducente.-