Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por TACHA PRINCIPAL, sigue ciudadano JOSE ENRIQUE BESTILLEIRO SILVEIRA contra los ciudadanos JENNIFER NATIVIDAD DOPAZO GARCIA, MARTHA PIEDAD GARCIA de DOPAZO y JOSE BARREIRO FERNANDEZ, ambas partes plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se declara NULA la firma cuestionada, del ciudadano MANUEL DOPAZO RODRIGUEZ, antes identificado, que aparece suscrita en la certificación del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la Sociedad Mercantil CORPORACION TRINI, C.A., de fecha 21 de Noviembre de 2008, debidamente inscrita p.....