DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: PRIMERO: LA CESACION de la medida de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, comprobado como ha sido el cumplimiento de las referidas medidas, por parte del ciudadano: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, SEGUNDO: Se acuerda citar para el día 21 de noviembre de 2007, al sancionado a los fines de que comience ante el organismo correspondiente el cumplimiento de la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de SEIS (6) MESES. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Programa de Libertad Asistida. Ofíciese a la O.....