D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCION DE LA SOLICITUD DE OBLIGACION ALIMENTARIA (hoy obligación de manutención) establecida en contra del difunto JESUS MANUEL GRATEROL, quién fuera titular de la Cédula de identidad Nº V- 9.317.583, en consecuencia se declara cerrada la causa y se ordena el archivo del presente expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 383, literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente. Así se decide.-----------------
Publíquese, regístrese y déjese copia --------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en San Mateo, a los doce (12) días del mes de Noviembre de 2008.-------------------
LA JUEZA TEMPORAL
Abg. Dorys Castillo Toro. .....