esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación interpuesto en fecha en fecha 28 de Abril de 2008, por la Ciudadana Abg. Bárbara Lucero Saín, Defensora Pública Octava Penal, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Monagas, en su carácter de Defensora designada del Imputado OSCAR JOSE VELASQUEZ DEL MONTE, contra de la decisión dictada en fecha 21 de Abril de 2008, el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en ocasión a la Audiencia Preliminar celebrada en el proceso penal que se ventila en el asunto principal N° NP01-P-2008-000143; por tanto, se niega el pedimento nugatorio de la recurrente, y así se declara.