Visto auto de fecha nueve (09) de noviembre de 2012, mediante el cual este Tribunal ordenó abrir cuaderno separado, con ocasión a la solicitud de Medida Cautelar de Embargo, efectuada por la parte Actora, mediante escrito contentivo del libelo de la demanda, de fecha siete (07) de noviembre de 2012, donde expresamente señaló:
"... y a la vez solicitamos medidas cautelares de los bienes de la empresa hasta el doble de la pretensión para garantizar el pago que le adeuda la empresa por PRESTACIONES SOCIALES y otros Derechos derivados de la relación de trabajo, contra (sic) Sociedad Mercantil "INVERSIONES SOLSIFER 2000, C.A. (RESTAURANT EL ALAZAN DE ALTAMIRA)", previamente solicitado en el presente libelo de demanda todo de conformidad con el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil...", (negrillas de este Tribunal)..
En este orden de consideraciones, este Tribunal observa que si bien el legislador adjetivo, consagró en el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, .....