Vista la diligencia de fecha siete (07) de Diciembre de 2006, presentada por el ciudadano GIGLIOLA GIOVANNA VITALI SARTORI, asistida en este acto por el abogado RAMSES OJEDA, mediante la cual desiste del presente procedimiento de Solicitud de Calificación de Despido incoado contra MULTISERVICIOS PJRA 2006 C.A., (BLOQUETTEC, C.C.C.T., C.A.) en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el parágrafo primero del artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,. Asimismo, en virtud de que el presente procedimiento no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, este Juzgado, ordena el cierre y archivo del presente expediente. Ciérrese y Archívese.-